Cabecera
 
Teléfonos: 608 320 097 / 607 621 506
 
¿Qué Documentación es necesaria para solicitar la Cédula de Habitabilidad?
 
 

 Para solicitar la Cédula de Habitabilidad de una vivienda usada o preexistente es imprescindible presentar un Certificado de Habitabilidad emitido por un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) y visado por el colegio correspondiente.

 En el caso de las viviendas construidas con posterioridad al 11 de Agosto de 1984* que dispongan de cédula de habitabilidad de obra nueva (o de primera ocupación) caducada, no será necesaria la aportación de más documentación que el Certificado de Habitabilidad.

 En el caso de las viviendas construidas antes del 11 de Agosto de 1984**, dispongan o no de cédula previa caduca, se nos deberá aportar también alguna de las documentaciones admitidas por la administración como acreditativas de la antigüedad del uso vivienda. Esta documentación puede ser una escritura, nota simple, certificación registral, certificado municipal, etc., donde quede justificada la antigüedad como uso de vivienda.

 
 
 

(*) Todas las viviendas en situación regular construidas con posterioridad al 11 de Agosto de 1984 deberían de haber obtenido en su momento la cédula de habitabilidad de obra nueva (o de primera ocupación) y por lo tanto, disponer actualmente de cédula de habitabilidad caducada o aún vigente. Con la excepción de las de viviendas promovidas bajo cualquier régimen de protección pública, en cuyo caso, la calificación definitiva sustituye la cédula de habitabilidad de obra nueva durante un periodo de 10, 15 o 25 años desde su expedición, en función del decreto bajo el que fue concedida. Es por eso que las viviendas construidas con posterioridad al 11 de Agosto de 1984 que nunca hayan dispuesto de cédula de habitabilidad de obra nueva o de la calificación definitiva de vivienda de protección oficial entran en otra casuística distinta a las aquí expuestas.

(**) En el caso concreto de viviendas construidas antes del 11 de Agosto de 1984 que no disponen de cédula previa, junto a la solicitud de la cédula de habitabilidad y el certificado de habitabilidad, debe aportarse la Declaración responsable de la antigüedad de la vivienda para la tramitación de la cédula de habitabilidad de segunda ocupación (según modelo normalizado), en la que el propietario o persona autorizada declara bajo su responsabilidad la antigüedad de la vivienda. La persona declarante está obligada a disponer de documentación acreditativa de la antigüedad de la vivienda y la Administración, para verificar los datos de la declaración responsable, puede requerirle que aporte dicha documentación.

No dude en consultarnos sin compromiso.

 
Arquitècnics-64: Equipo de Arquitectos Técnicos