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ARQUITÈCNICS-64                                                   EQUIPO DE ARQUITECTOS TÉCNICOS ESPECIALIZADO EN CÉDULAS DE HABITABILIDAD

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¿QUÉ ES UN LOFT?
¿Pueden las viviendas tipo loft obtener la Cédula de Habitabilidad?

 

 En la práctica, hemos terminado usando el concepto loft para referirnos a cualquier inmueble destinado a vivienda o estudio cuando está formado por un único espacio, sin divisiones interiores o prácticamente sin divisiones interiores, es decir, sin paredes o tabiques que independicen las diferentes estancias, con la excepción de los cuartos de baño.

 En resumen, hemos reducido el concepto loft a una vivienda sin compartimentación de espacios.

 Aunque si quisiéramos ser más rigurosos, solamente llamaríamos loft a una vivienda cuando más allá de estar formada por un espacio único y abierto, éste fuera mínimamente amplio, mínimamente luminoso, con techos altos y fruto de la conversión de un espacio industrial o comercial al uso de vivienda o al de vivienda a la vez que estudio o taller profesional. Ya que esta definición se ajustaría mucho más a sus orígenes, cuando a mediados del siglo XX surgen los primeros loft en el Soho de Nueva York, al empezar a ser ocupados numerosos inmuebles industriales, que habían caído en desuso, por estudiantes y artistas plásticos que buscaban espacios económicos y suficientemente amplios para alojarse y desarrollar su actividad creativa.

 Sea cual sea la definición de loft a la que nos ajustemos, una vivienda tipo loft, al igual que cualquier otro inmueble, para poder obtener la Cédula de Habitabilidad de vivienda usada o preexistente ha de disponer de la consideración administrativa de vivienda (ha de estar considerada legalmente como vivienda por el correspondiente ayuntamiento) y cumplir las condiciones de habitabilidad para las viviendas usadas o preexistentes del Anexo 2 del Decreto 141/2012, de 30 de octubre, sobre las condiciones de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad.

 El hecho de no disponer de cocina y habitación ubicadas en recintos independientes al resto del inmueble, como ocurre en las viviendas tipo loft, actualmente no constituye por si mismo un incumplimiento de las condiciones exigidas de habitabilidad. La compartimentación de las viviendas es libre, con la única limitación de que los espacios destinados a cámaras higiénicas sean recintos independientes y también, en el caso de las viviendas de nueva construcción, que los espacios destinados a las habitaciones puedan independizarse.

 Los loft que son producto de la conversión a vivienda de un local industrial o comercial, y en general todos los que no tienen la consideración legal previa de vivienda, sólo pueden llegar a obtener la cédula de habitabilidad mediante un cambio de uso a vivienda cuando la normativa urbanística vigente lo permita. En estos casos, para solicitar la Cédula de Habitabilidad hay que aportar fotocopia de la licencia municipal de obras (licencia de cambio de uso), fotocopia de la licencia de primera ocupación o solicitud de ésta registrada por el ayuntamiento, original del certificado final de obra y en caso de modificación de estructura y/o fachada, original del certificado de cumplimiento del programa de control de calidad.

 

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