E-mail: info@habitabilidadcedula.es
|
Teléfonos: 608 320 097 / 607 621 506 |
¿Puedo iniciar una reforma de la vivienda en el periodo de tiempo comprendido entre la solicitud de la cédula de habitabilidad y su obtención? |
||
Durante el periodo comprendido entre la visita de nuestro técnico (Arquitècnics-64) y la obtención de la cédula de habitabilidad recomendamos encarecidamente que no se inicien obras de reforma. Ya que podría darse el caso que la administración competente requiriera hacer inspección de la vivienda una vez iniciadas unas obras que pueden implicar durante su ejecución el no cumplimiento de las condiciones de habitabilidad. Se recuerda que cualquier obra de cierta importancia debería ser proyectada y supervisada por un técnico competente. |
||
Arquitècnics-64: Equipo de Arquitectos Técnicos
|